-Intensificar la supervisión del plazo de reclusión. Hay que prevenir y corregir los casos en los que se lleva largo tiempo manteniendo a los reclusos en prisión sin condenas, y se urge a los órganos encargados a que pongan fin a los casos de grave prolongación ilegal de la reclusión y a que apliquen estrictamente los sistemas de cambio de reclusión, informes de la prolongación ilegal de la reclusión y exigencias de responsabilidad.
-Aplicar con severidad los diversos reglamentos en los locales de arresto. Es necesario perfeccionar el mecanismo de queja para los reclusos, hacer fluidos los canales para la asistencia a los derechos de los mismos, intensificar la informatización de los datos fiscales de los locales de arresto y realizar una supervisión dinámica sobre estos sitios.
-Estandarizar la aplicación, administración y supervisión de la asistencia médica a personas que se encuentran bajo medidas coercitivas y garantizar los derechos de las personas que reciban dicha asistencia.
-Aplicar la Ley de Prohibición de Drogas y los reglamentos sobre desintoxicación. Hay que estandarizar en conformidad con la ley la toma de decisiones sobre el aislamiento obligatorio para la desintoxicación, la anulación con anticipación del aislamiento obligatorio para la desintoxicación y el alargamiento del plazo de desintoxicación. Es necesario elevar el nivel de la asistencia médica y la rehabilitación en la desintoxicación y garantizar los derechos legítimos de las personas sometidas a desintoxicación.
2. Derecho a un juicio imparcial
Se establece la necesidad de respetar la ley de funcionamiento judicial, establecer un sistema procesal centrado en el enjuiciamiento y elevar la credibilidad judicial ante los ciudadanos. Las metas son:
-Asegurar que los órganos judiciales ejerzan su poder de enjuiciamiento conforme a la ley y de manera independiente. Se perfeccionará el sistema de registro, información y exigencia de responsabilidades respecto de las intervenciones en las labores judiciales y el tratamiento de los casos concretos por parte de los cuadros dirigentes. En el seno de los órganos judiciales se definirán explícitamente los límites del poder de los diversos niveles y se completará el mecanismo de supervisión y condicionamiento. Se completarán el sistema de registro de indagaciones de casos y el sistema de exigencia de responsabilidades para el personal interno de los órganos judiciales.
-Se reglamentarán la explicación judicial y la guía con ejemplos de casos y se unificarán las normas de aplicabilidad de las leyes.
-Implementar íntegramente las reglas del arbitrio basado en las pruebas. Se llevará a cabo el principio de juicio verbal directo y se aplicará estrictamente el sistema de comparecencia de los testigos y evaluadores.
-Llevar a cabo el principio de absolución en caso de que existan dudas respecto a la culpabilidad, aplicar de manera estricta el régimen de exclusión de las pruebas ilegales, establecer de modo explícito y en mayor medida la esfera de las pruebas ilegales y el procedimiento para su exclusión.
-Intensificar la garantía institucional de los derechos de los abogados a la información, a presentar peticiones, a la apelación en los procesos, así como a la entrevista, a la lectura de los archivos y a la compilación de evidencias y a interrogar, a poner en duda las evidencias y al debate; y garantizar que ellos aplican el derecho a la defensa y cumplen las funciones de representación de su cliente conforme a la ley. Se perfeccionará el mecanismo de trabajo de dar importancia a las opiniones de los abogados durante los eslabones de investigación, demanda y juicio, se llevará a cabo el sistema de escuchar la opinión de los abogados. Se prohibirá aplicar a los abogados controles de seguridad de carácter discriminatorio y se les ofrecerá facilidad para el cumplimiento de sus atribuciones de acuerdo con la ley.
-Intensificar la garantía institucional de los derechos a la información, declaración, debate,defensa, presentación de peticiones y apelación de los interesados y demás partícipes en los procesos, poner en práctica las reglas establecidas en el Código de Procedimiento Penal y los reglamentos complementarios relativas a la asistencia jurídica.
-Perfeccionar el sistema de clemencia por admitir delitos en los pleitos penales y aceptación de la sanción. Se comentará explícitamente a los acusados el procedimiento de los casos penales, el estándar de sanción y las formas de tratamiento en caso de que ellos reconozcan su delito y acepten la sanción de forma voluntaria y devuelvan el dinero o los objetos robados o paguen la compensación de forma voluntaria.
-Continuar la promoción de la normalización de medición de la pena, normalizar el poder de medición de la pena de los jueces, perfeccionar el procedimiento de la medición de la pena y hacerla pública y justa.
-Prohibir a los acusados en procesos penales reclusos y los apelantes que vistan las ropas distintivas de los órganos carcelarios cuando comparecen en los tribunales.
-Completar el mecanismo para tratar con rapidez los casos penales menores y promover de forma ordenada la reforma del procedimiento de juicio rápido en los casos penales.
-Elaborar la Ley de Auxilio a Víctimas de Casos Penales y establecer un sistema de asistencia unificada y estandarizada para este grupo de personas.
3. Libertad religiosa
Las metas son elevar el nivel del imperio de la ley en el trabajo religioso y poner en práctica las reglas sobre la libertad de creencia religiosa establecidas en la Constitución.
-Modificar los Reglamentos de los Asuntos Religiosos, normalizar conforme a la ley los actos del Gobierno de gestionar los asuntos religiosos y proteger los derechos e intereses legales de los amplios grupos de creyentes.
-Apoyar al círculo religioso en sus esfuerzos por intensificar su autoconstrucción y elevar su capacidad de restringirse, estandarizarse y administrarse a sí mismo. Se ofrecerán el apoyo y la ayuda necesarios a los grupos religiosos para que desplieguen su trabajo.
-Estimular al sector religioso para que despliegue actividades caritativas.
-Ejercer una buena administración de los centros docentes religiosos, reforzar la formación de los talentos religiosos y elevar la cualificación de las personas empleadas en los servicios religiosos.
-Frenar que se hanga inversiones y se gestionar los sitios destinados a actividades religiosas, impedir y rectificar el fenómeno de que los templos budistas y taoístas estén "contratados".
-Mejorar el trabajo de organización y servicio de la peregrinación religiosa del islamismo y garantizar que los grupos musulmanes cumplan fluidamente con su peregrinación religiosa.
-Desarrollar con dinamismo las actividades de intercambio religioso con el extranjero.
4. Derechos a la información y a la participación
Se establece la necesidad de ampliar el derecho a la información de los ciudadanos por múltiples canales y en diversos terrenos, así como sus vías y maneras de participar en la gobernación social. Las metas son:
-Seguir promoviendo la publicación de las listas de poderes y responsabilidades, facilitando la obtención y la supervisión del público. Conforme a la lista de poderes, los Gobiernos a los diversos niveles y sus departamentos publicarán para toda la sociedad las funciones de los Gobiernos, el límite de sus atribuciones, el procedimiento de su administración y las formas de supervisión.
-Poner en práctica el sistema de información pública sobre la aplicación de la ley en el desempeño administrativo.
-Reforzar la construcción en Internet de la plataforma de servicios de datos informáticos gubernamentales y la plataforma de servicios de fácil acceso para el pueblo y elevar el nivel de la informatización y la centralización de la información pública sobre los asuntos gubernamentales.
-Perfeccionar el sistema de publicación de los datos sobre los incidentes repentinos.
-Fomentar la información pública sobre los juicios y los asuntos fiscales, policiales y penitenciarios. Hay que hacer públicos según la ley y en tiempo oportuno los fundamentos judiciales, procedimientos, cursos y resultados de la aplicación de la ley y establecer un sistema para la publicación unificada en las redes informáticas de los instrumentos jurídicos en vigor y su consulta abierta al público.
-Elevar el grado de participación del público en la legislación. Se explorará la instauración de un mecanismo de fundamentación y asesoramiento, a cargo de los correspondientes órganos estatales, agrupaciones sociales, expertos, eruditos, etc., para tratar ajustes de los intereses implicados en la labor legislativa. Se ampliarán las vías por las cuales los ciudadanos participan de forma ordenada en el trabajo legislativo y se completará el mecanismo de solicitud de opiniones públicas sobre los proyectos de ley, decretos y reglamentos, así como el de retroalimentación sobre la adopción de tales opiniones.
-Poner en práctica el "plan de multiplicación" de los jurados, ampliar las vías y la esfera de elección y nombramiento y establecer con claridad sus atribuciones en la participación en el juicio de los casos.
-Continuar perfeccionando el mecanismo de fiscales invitados y adoptar medidas efectivas para que cumplan con sus atribuciones, participen en el proceso fiscal y debatan los asuntos fiscales, todo conforme a la ley.
-Completar el sistema de supervisores populares. Se reformarán la elección y el nombramiento de los supervisores populares y las formas de administración de los mismos, se dará una garantía plena sobre todos sus derechos y se ampliarán los canales que permiten a las masas populares participar en la justicia.