Se trata en esta ocasión del decimosexto proceso comicial en la isla desde que se instauró el sistema del Poder Popular en 1976.
"En Cuba, el Estado garantiza en igualdad de condiciones la divulgación de las características y trayectoria de los candidatos, sus méritos y virtudes; y por ello, no se realizan campañas electorales, porque quien nomina es el pueblo", dijo la presidenta de la CEN.
La Ley Electoral cubana estipula para los comicios parciales, que todos los electores participantes en las asambleas de nominaciones tienen el derecho de proponer candidatos a delegados.
Resulta electo como candidato, quien obtenga el mayor número de votos a mano alzada de los vecinos de su demarcación.
La candidatura del territorio se conforma con el total de nominados de cada circunscripción, de la cual resultará elegido el delegado a la Asamblea Municipal por esa demarcación.
Los aspirantes no tienen que pertenecer al Partido Comunista.
Una segunda vuelta para elegir a los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular está prevista para el 26 de abril, cuando ningún candidato alcance la mitad de los sufragios.
Para la jornada de este domingo, la CEN realizó tres modificaciones al reglamento electoral.
Estas modificaciones son la extensión del número máximo de electores por colegios, la creación de comisiones electorales especiales y la inclusión de la firma del votante en la lista de electores el día de la votación.
Este año, los colegios podrán acoger un máximo de 700 electores (en los anteriores comicios el límite se incrementó de 350 a 500).
El objetivo de la medida es evitar que algunas circunscripciones tengan dos colegios en un mismo local, lo que implica más personal y más recursos.
Otra novedad para este año es la creación de comisiones electorales especiales, sobre todo en municipios con poblados distantes y con gran número de circunscripciones.
De acuerdo con la CEN, el objetivo "no es dar indicaciones ni emitir documentos sobre el trabajo de la circunscripción, sino ayudar, controlar y enseñar bajo la dirección de las comisiones electorales municipales".
El tercer cambio es la inclusión de la firma del votante en la lista de electores, "como una forma de conocer si realmente los datos que aparecen en la lista se corresponden con los de identificación de esa persona que va a ejercer el voto".
En febrero pasado, el gobierno anunció la elaboración de una nueva Ley Electoral para sustituir a la vigente aprobada en 1992.
En la constitución de la actual Asamblea Nacional en 2013, el presidente Raúl Castro sugirió considerar varias modificaciones.
Unas de ellas fue limitar a un máximo de dos períodos consecutivos de cinco años, el desempeño de los principales cargos del Estado y del gobierno.
Sugirió también establecer edades máximas para ocupar dichas responsabilidades.
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