COMENTARIO: Posición china sobre arbitraje de Mar Meridional de China busca defender ley internacional

Spanish.xinhuanet.com   2016-05-14 02:18:51

BEIJING, 13 may (Xinhua) -- La postura de China de no participar ni aceptar los resultados del arbitraje obligatorio iniciado por Filipinas acerca de las disputas en el Mar Meridional de China no significa que el país desobedece la ley internacional, por el contrario, está defendiéndola.

El inicio en enero del 2013 del arbitraje por parte de Filipinas bajo la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Unclos, por sus siglas en inglés) es un abuso a la ley internacional porque la iniciativa no satisface las condiciones establecidas en la convención.

Resolver pacíficamente las disputas internacionales es un principio importante de la Unclos. En comparación con otras medidas como la negociación y la consulta, el arbitraje obligatorio es un método secundario y complementario. La solicitud del arbitraje tiene que cumplir al menos cuatro condiciones.

Primera, el quid del asunto del arbitraje son las disputas territoriales causadas por la ocupación ilegal de Filipinas desde la década de los 70 de algunas islas y arrecifes en las islas Nansha de China, las disputas de delimitación marítima y la evolución del derecho del mar contemporáneo.

El asunto de las disputas territoriales está fuera de la jurisdicción de la Unclos, y por ello ni Filipinas puede iniciar un arbitraje obligatorio bajo esta convención ni el tribunal de arbitraje en La Haya, Holanda, tiene jurisdicción para arbitrar el caso.

Las disputas territoriales están regidas por la Carta de la ONU y por la ley internacional general, no por la Unclos.

Segunda, respecto al tema de la delimitación marítima, China hizo una declaración en 2006 con base en el artículo 298 de la Unclos, que excluye las disputas como la delimitación marítima, los títulos o derechos históricos y las actividades militares de los procedimientos obligatorios.

La declaración de China de los medios de excepción opcionales significa que no aceptará el mecanismo obligatorio de la Parte 15 de la Unclos para enfrentar los reclamos marítimos sobrepuestos o temas de delimitación.

Más de 30 países han hecho declaraciones similares. Las declaraciones hechas por China y otros países constituyen una parte integral de la convención y deben ser respetadas.

Tercera, tanto China como Filipinas se han comprometido en diversas ocasiones a resolver las disputas entre ellos a través de negociaciones bilaterales y de consultas. Por lo tanto, los alegatos de Filipinas no son adecuados para un arbitraje obligatorio en general, ni existe ninguna base para la formación del tribunal.

De 1995 a 2011, los dos países emitieron por lo menos seis declaraciones conjuntasen las que reiteraron que la negociación es el medio para resolver sus disputas.

El entendimiento mutuo también se reflejó en la Declaración de la Conducta de las Partes en el Mar Meridional de China (DC) firmado en 2002 por China y Filipinas, entre otros. La DC subraya que las negociaciones se realizarán entre los Estados directamente involucrados. Todo eso obviamente produce el efecto de excluir cualquier medio de solución a través de terceros.

Cuarta, los requerimientos básicos para el inicio de procedimientos obligatorios de Unclos no han sido cumplidos.

De acuerdo con los artículos 280, 281, 282, y 283 de la Convención de la ONU, existen varias condiciones de procedimientos, que son: prevalecen los medios de su elección, y esos medios serán los primeros a los que se recurra y se agoten y cuando surja una disputa respecto a la interpretación o la aplicación las partes procederán a un intercambio opiniones.

Ante el hecho de que China y Filipinas han dejado clara la elección de los medios y procedimientos para resolver sus disputas, y dado que Filipinas nunca ha cumplido su obligación de sostener significativas conversaciones o un pleno intercambio de opiniones con China, Filipinas violó la Unclos y abusó de sus procedimientos.

Además, el tribunal de La Haya ha tomado una postura parcial en favor de Filipinas, y ha perdido terreno en cuanto a imparcialidad y justicia.

El procedimiento de solución obligatorio estipulado por Unclos no se aplica a las disputes entre China y Filipinas en general. El tribunal establecido no tiene jurisdicción. La iniciativa filipina del arbitraje obligatorio y el ejercicio jurisdiccional del tribunal son abusos deliberados de Unclos y de poder, y son ilegales desde el principio.

Se puede observar claramente que este caso presentando por Filipinas no es simplemente un caso legal, sino una provocación política bajo el manto de la ley internacional que tiene detrás a algunas potencias occidentales. Filipinas intenta utilizar el arbitraje para negar la soberanía de China en el Mar Meridional de China, y busca el apoyo hacia su ocupación ilegal de partes de las Islas Nansha de China.

Como siempre, China se opone con firmeza al caso del arbitraje y nunca participará en el proceso de arbitraje ni aceptará el resultado. China continuará comprometida con la solución de disputas de manera pacífica a través de negociaciones y consultas.

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COMENTARIO: Posición china sobre arbitraje de Mar Meridional de China busca defender ley internacional

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BEIJING, 13 may (Xinhua) -- La postura de China de no participar ni aceptar los resultados del arbitraje obligatorio iniciado por Filipinas acerca de las disputas en el Mar Meridional de China no significa que el país desobedece la ley internacional, por el contrario, está defendiéndola.

El inicio en enero del 2013 del arbitraje por parte de Filipinas bajo la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Unclos, por sus siglas en inglés) es un abuso a la ley internacional porque la iniciativa no satisface las condiciones establecidas en la convención.

Resolver pacíficamente las disputas internacionales es un principio importante de la Unclos. En comparación con otras medidas como la negociación y la consulta, el arbitraje obligatorio es un método secundario y complementario. La solicitud del arbitraje tiene que cumplir al menos cuatro condiciones.

Primera, el quid del asunto del arbitraje son las disputas territoriales causadas por la ocupación ilegal de Filipinas desde la década de los 70 de algunas islas y arrecifes en las islas Nansha de China, las disputas de delimitación marítima y la evolución del derecho del mar contemporáneo.

El asunto de las disputas territoriales está fuera de la jurisdicción de la Unclos, y por ello ni Filipinas puede iniciar un arbitraje obligatorio bajo esta convención ni el tribunal de arbitraje en La Haya, Holanda, tiene jurisdicción para arbitrar el caso.

Las disputas territoriales están regidas por la Carta de la ONU y por la ley internacional general, no por la Unclos.

Segunda, respecto al tema de la delimitación marítima, China hizo una declaración en 2006 con base en el artículo 298 de la Unclos, que excluye las disputas como la delimitación marítima, los títulos o derechos históricos y las actividades militares de los procedimientos obligatorios.

La declaración de China de los medios de excepción opcionales significa que no aceptará el mecanismo obligatorio de la Parte 15 de la Unclos para enfrentar los reclamos marítimos sobrepuestos o temas de delimitación.

Más de 30 países han hecho declaraciones similares. Las declaraciones hechas por China y otros países constituyen una parte integral de la convención y deben ser respetadas.

Tercera, tanto China como Filipinas se han comprometido en diversas ocasiones a resolver las disputas entre ellos a través de negociaciones bilaterales y de consultas. Por lo tanto, los alegatos de Filipinas no son adecuados para un arbitraje obligatorio en general, ni existe ninguna base para la formación del tribunal.

De 1995 a 2011, los dos países emitieron por lo menos seis declaraciones conjuntasen las que reiteraron que la negociación es el medio para resolver sus disputas.

El entendimiento mutuo también se reflejó en la Declaración de la Conducta de las Partes en el Mar Meridional de China (DC) firmado en 2002 por China y Filipinas, entre otros. La DC subraya que las negociaciones se realizarán entre los Estados directamente involucrados. Todo eso obviamente produce el efecto de excluir cualquier medio de solución a través de terceros.

Cuarta, los requerimientos básicos para el inicio de procedimientos obligatorios de Unclos no han sido cumplidos.

De acuerdo con los artículos 280, 281, 282, y 283 de la Convención de la ONU, existen varias condiciones de procedimientos, que son: prevalecen los medios de su elección, y esos medios serán los primeros a los que se recurra y se agoten y cuando surja una disputa respecto a la interpretación o la aplicación las partes procederán a un intercambio opiniones.

Ante el hecho de que China y Filipinas han dejado clara la elección de los medios y procedimientos para resolver sus disputas, y dado que Filipinas nunca ha cumplido su obligación de sostener significativas conversaciones o un pleno intercambio de opiniones con China, Filipinas violó la Unclos y abusó de sus procedimientos.

Además, el tribunal de La Haya ha tomado una postura parcial en favor de Filipinas, y ha perdido terreno en cuanto a imparcialidad y justicia.

El procedimiento de solución obligatorio estipulado por Unclos no se aplica a las disputes entre China y Filipinas en general. El tribunal establecido no tiene jurisdicción. La iniciativa filipina del arbitraje obligatorio y el ejercicio jurisdiccional del tribunal son abusos deliberados de Unclos y de poder, y son ilegales desde el principio.

Se puede observar claramente que este caso presentando por Filipinas no es simplemente un caso legal, sino una provocación política bajo el manto de la ley internacional que tiene detrás a algunas potencias occidentales. Filipinas intenta utilizar el arbitraje para negar la soberanía de China en el Mar Meridional de China, y busca el apoyo hacia su ocupación ilegal de partes de las Islas Nansha de China.

Como siempre, China se opone con firmeza al caso del arbitraje y nunca participará en el proceso de arbitraje ni aceptará el resultado. China continuará comprometida con la solución de disputas de manera pacífica a través de negociaciones y consultas.

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