CARACAS, 22 abr (Xinhua) -- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela sentenció este viernes el carácter obligatorio de la consulta popular antes de la formación de leyes por parte de la Asamblea Nacional (AN, Parlamento), de mayoría opositora al gobierno.
La sentencia expuesta en la página web del máximo ente judicial "ordenó a la Asamblea Nacional la incorporación a nivel nacional de la consulta popular obligatoria", reza el texto.
La decisión de la Sala Constitucional del TSJ igualmente exigió a la AN acompañar todo proceso de creación de leyes con un informe de la Dirección de Asesoría Económica y Financiera, de acuerdo con lo establecido al Reglamento Interior y Debates del propio Parlamento.
Este informe revelará "el impacto y la incidencia presupuestaria y económica" de cada instrumento jurídico que se desarrolle, con el fin de estar acorde a las limitaciones financieras del país y la emergencia económica.
"Son requisitos esenciales y obligatorios sin los cuales no se puede discutir un proyecto de ley, y que los mismos (...) deben consultarse con carácter obligatorio por la Asamblea Nacional -a través de su Directiva- al Ejecutivo Nacional -por vía del Vicepresidente Ejecutivo- a los fines de determinar su viabilidad económica", subraya la sentencia.
Además, en el fallo del TSJ se admitió una solicitud que data desde el 2011, la cual fue efectuada por los opositores Juan Carlos Caldera, Eduardo Gómez y María Corina Machado y exigía la nulidad de la reforma al Reglamento de Interior y Debate de la AN. Fin