ESPECIAL: Surgen críticas a benevolencia en norma penal juvenil de Bolivia

Spanish.xinhuanet.com   2015-08-30 03:59:32

Por René Quenallata Paredes

LA PAZ, 29 ago (Xinhua) -- La norma vigente en Bolivia que favorece a jóvenes de 14 a 18 años con la reducción a seis años en los delitos imputables en el Código Penal con presidio de 20 a 30 años, genera preocupación y cuestionamientos de juristas, psicólogos y asambleístas.

El debate y la polémica por la benevolencia que se aplica en la norma penal juvenil aumentó, ante el aumento de casos de adolescentes involucrados en crímenes.

El Código Niño, Niña y Adolescente, promulgado en julio de 2014, no logra detener los crímenes de adolescentes y es benevolente, como sucedió recientemente cuando un menor de 17 años cegó la vida de su padre y hermano en Santa Cruz (este), delito por el cual recibió seis años de régimen cerrado con medidas restaurativas.

O como el caso ocurrido en Villa Primavera en Yaguacua, a 45 kilómetros de Yacuiba (sur), en octubre del año pasado, cuando dos adolescentes, una mujer de 14 años y un hombre de 16, asesinaron con un hacha a sus padres adoptivos por desaprobar su relación sentimental.

No sólo se dan asesinatos, sino violaciones registrados por menores y su pena máxima no supera los cuatro años de presidio.

El viceministro boliviano de Justicia y Derechos Fundamentales, Diego Jiménez, dijo a Xinhua que la norma está aprobada y está en proceso de implementación, con el perfil "restaurativo".

Manifestó que no se pueden prever asesinatos promovidos por menores de 18 años, pues es un tema educativo y formativo, razón por la cual se trabaja en los centros de restauración de los menores que cometieron delitos para recuperarlos y reinsertarlos en la sociedad.

Considera que lo fundamental de esta justicia restaurativa es recuperar a los jóvenes que han cometido delitos y que en poco tiempo puedan estar libre, pero rehabilitados.

La jueza, Marisol Ortiz, quien dio el fallo de seis años de presidio al menor de 17 años por el delito de parricidio y asesinato contra su hermano, dijo que no se puede hacer nada cuando existe la ley y que dicta la máxima para menores.

"Sabemos que la sociedad está alarmada por estos crímenes, que para un mayor serían 30 años de cárcel, pero la ley así y debemos acatarla, por más benevolente que pueda parecer", señaló a periodistas luego de la audiencia en Santa Cruz.

En cambio, el abogado penalista Luis Inda dijo que esta situación de benevolencia para los menores de 18 años no sólo ocurre en Bolivia, sino en otros países.

"La sociedad no concibe que un adolescente pueda matar o violar, como si no fuera una situación grave, pues al final se le otorga una pena benevolente", agregó.

PREOCUPACIÓN

Ante los últimos crímenes protagonizados por menores, Giomar Bejarano, psicóloga forense, lamentó que las leyes no ayuden a bajar estos índices de contravenciones promovidos por adolescentes y que afectan a las familias bolivianas.

"No sólo son asesinatos, sino violaciones y otros delitos graves que merecen un análisis profundo para evitar la reincidencia", agregó.

Bejarano consideró complicado tratar este tema, ya que existen los defensores de esta norma que da a los adolescentes sentencias menores con la posibilidad de reintegrarlos nuevamente a la sociedad a los pocos años de cumplir la sentencia restaurativa.

Sin embargo está la otra parte que exige sentencias mayores para violadores y asesinos, quiene spor ser menores de edad permanecen en centros de reinserción social no más de seis años.

Se refirió al caso específico del joven de 17 años, quien acabó con la vida de su padre y su hermano y recibió seis años de condena en régimen cerrado con medidas socioeducativas en la justicia restaurativa.

"La preocupación es quién garantiza que el joven, una vez que salga a los 23 años de ese centro, no vuelva a cometer delitos graves. De pronto hay gente enferma que tiene predisposición a cometer estos delitos, es decir es un riesgo con el que debe convivir la sociedad", reflexionó.

Planteó hacer una profunda evaluación sobre casos específicos de menores que tienen tendencias psicópatas o sociópatas.

"El sociópata es ese individuo verdaderamente absorbido en sí mismo sin conciencia ni sentimiento alguno hacia los demás y para quién las reglas sociales no tienen ningún significado. Yo creo que la gran mayoría de nosotros conoce o ha estado en contacto con individuos sociopáticos sin siquiera saberlo, esta situación siempre es un riesgo en la sociedad", indicó.

El caso de los psicópatas es similar, ya que pueden ser jóvenes o adultos, pero son individuos depravados moralmente, que pueden ocultar su verdadera personalidad y una vez libre puede volver a cometer delitos, "son temas complicados que deben ser analizados profundamente", añadió.

CONVENIOS INTERNACIONALES

El diputado oficialista del gobernante Movimiento al Socialismo (MAS) e impulsor de este Código en la anterior legislatura, Javier Zabaleta, recordó que la norma aprobada en 2014 sube de 16 a 18 años la imputabilidad de los adolescentes que cometen delitos penales en sujeción y aplicación a la internacional Convención de los Derechos del Niño.

En el "Análisis comparativo sobre edades de imputabilidad y responsabilidad penal de adolescentes en América Latina", realizado por el Instituto Interamericano del Niño de la Organización de Estados Americanos en 2013, se estableció que con excepción de Bolivia, todos los países de la región analizados fijaron la inimputabilidad a menores de 18 años.

Esos países son Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela,

Explicó que en Bolivia, el caso específico de un asesinato, hasta antes de la aprobación de la norma de julio de 2014, se penaliza a partir de los 16 años, y recibía de 20 a 30 años de prisión en cárceles de mayores, lo cual cambia con la nueva norma.

En consecuencia, con la nueva medida legal un adolescente menor a 18 años por un asesinato que tiene una pena de 30 años de prisión, con el Código Penal permanecerá ahora en un centro de reintegración seis años, es decir hasta cumplir 24 años.

Aclaró que estos centros no deben ser como lo que existieron anteriormente, en referencia al centro de Los Espejos, donde los menores trabajaban, sino que ahora tienen que ser "verdaderas" unidades de reinserción social.

Según el asambleísta, los casos en el nuevo Código Niño, Niña y Adolescente se trabajaron exclusivamente en la perspectiva técnica con defensorías de la niñez y adolescencia, servicios departamentales de gestión social, organizaciones gubernamentales que trabajan con infractores menores. Fin

  
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ESPECIAL: Surgen críticas a benevolencia en norma penal juvenil de Bolivia

Spanish.xinhuanet.com 2015-08-30 03:59:32

Por René Quenallata Paredes

LA PAZ, 29 ago (Xinhua) -- La norma vigente en Bolivia que favorece a jóvenes de 14 a 18 años con la reducción a seis años en los delitos imputables en el Código Penal con presidio de 20 a 30 años, genera preocupación y cuestionamientos de juristas, psicólogos y asambleístas.

El debate y la polémica por la benevolencia que se aplica en la norma penal juvenil aumentó, ante el aumento de casos de adolescentes involucrados en crímenes.

El Código Niño, Niña y Adolescente, promulgado en julio de 2014, no logra detener los crímenes de adolescentes y es benevolente, como sucedió recientemente cuando un menor de 17 años cegó la vida de su padre y hermano en Santa Cruz (este), delito por el cual recibió seis años de régimen cerrado con medidas restaurativas.

O como el caso ocurrido en Villa Primavera en Yaguacua, a 45 kilómetros de Yacuiba (sur), en octubre del año pasado, cuando dos adolescentes, una mujer de 14 años y un hombre de 16, asesinaron con un hacha a sus padres adoptivos por desaprobar su relación sentimental.

No sólo se dan asesinatos, sino violaciones registrados por menores y su pena máxima no supera los cuatro años de presidio.

El viceministro boliviano de Justicia y Derechos Fundamentales, Diego Jiménez, dijo a Xinhua que la norma está aprobada y está en proceso de implementación, con el perfil "restaurativo".

Manifestó que no se pueden prever asesinatos promovidos por menores de 18 años, pues es un tema educativo y formativo, razón por la cual se trabaja en los centros de restauración de los menores que cometieron delitos para recuperarlos y reinsertarlos en la sociedad.

Considera que lo fundamental de esta justicia restaurativa es recuperar a los jóvenes que han cometido delitos y que en poco tiempo puedan estar libre, pero rehabilitados.

La jueza, Marisol Ortiz, quien dio el fallo de seis años de presidio al menor de 17 años por el delito de parricidio y asesinato contra su hermano, dijo que no se puede hacer nada cuando existe la ley y que dicta la máxima para menores.

"Sabemos que la sociedad está alarmada por estos crímenes, que para un mayor serían 30 años de cárcel, pero la ley así y debemos acatarla, por más benevolente que pueda parecer", señaló a periodistas luego de la audiencia en Santa Cruz.

En cambio, el abogado penalista Luis Inda dijo que esta situación de benevolencia para los menores de 18 años no sólo ocurre en Bolivia, sino en otros países.

"La sociedad no concibe que un adolescente pueda matar o violar, como si no fuera una situación grave, pues al final se le otorga una pena benevolente", agregó.

PREOCUPACIÓN

Ante los últimos crímenes protagonizados por menores, Giomar Bejarano, psicóloga forense, lamentó que las leyes no ayuden a bajar estos índices de contravenciones promovidos por adolescentes y que afectan a las familias bolivianas.

"No sólo son asesinatos, sino violaciones y otros delitos graves que merecen un análisis profundo para evitar la reincidencia", agregó.

Bejarano consideró complicado tratar este tema, ya que existen los defensores de esta norma que da a los adolescentes sentencias menores con la posibilidad de reintegrarlos nuevamente a la sociedad a los pocos años de cumplir la sentencia restaurativa.

Sin embargo está la otra parte que exige sentencias mayores para violadores y asesinos, quiene spor ser menores de edad permanecen en centros de reinserción social no más de seis años.

Se refirió al caso específico del joven de 17 años, quien acabó con la vida de su padre y su hermano y recibió seis años de condena en régimen cerrado con medidas socioeducativas en la justicia restaurativa.

"La preocupación es quién garantiza que el joven, una vez que salga a los 23 años de ese centro, no vuelva a cometer delitos graves. De pronto hay gente enferma que tiene predisposición a cometer estos delitos, es decir es un riesgo con el que debe convivir la sociedad", reflexionó.

Planteó hacer una profunda evaluación sobre casos específicos de menores que tienen tendencias psicópatas o sociópatas.

"El sociópata es ese individuo verdaderamente absorbido en sí mismo sin conciencia ni sentimiento alguno hacia los demás y para quién las reglas sociales no tienen ningún significado. Yo creo que la gran mayoría de nosotros conoce o ha estado en contacto con individuos sociopáticos sin siquiera saberlo, esta situación siempre es un riesgo en la sociedad", indicó.

El caso de los psicópatas es similar, ya que pueden ser jóvenes o adultos, pero son individuos depravados moralmente, que pueden ocultar su verdadera personalidad y una vez libre puede volver a cometer delitos, "son temas complicados que deben ser analizados profundamente", añadió.

CONVENIOS INTERNACIONALES

El diputado oficialista del gobernante Movimiento al Socialismo (MAS) e impulsor de este Código en la anterior legislatura, Javier Zabaleta, recordó que la norma aprobada en 2014 sube de 16 a 18 años la imputabilidad de los adolescentes que cometen delitos penales en sujeción y aplicación a la internacional Convención de los Derechos del Niño.

En el "Análisis comparativo sobre edades de imputabilidad y responsabilidad penal de adolescentes en América Latina", realizado por el Instituto Interamericano del Niño de la Organización de Estados Americanos en 2013, se estableció que con excepción de Bolivia, todos los países de la región analizados fijaron la inimputabilidad a menores de 18 años.

Esos países son Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela,

Explicó que en Bolivia, el caso específico de un asesinato, hasta antes de la aprobación de la norma de julio de 2014, se penaliza a partir de los 16 años, y recibía de 20 a 30 años de prisión en cárceles de mayores, lo cual cambia con la nueva norma.

En consecuencia, con la nueva medida legal un adolescente menor a 18 años por un asesinato que tiene una pena de 30 años de prisión, con el Código Penal permanecerá ahora en un centro de reintegración seis años, es decir hasta cumplir 24 años.

Aclaró que estos centros no deben ser como lo que existieron anteriormente, en referencia al centro de Los Espejos, donde los menores trabajaban, sino que ahora tienen que ser "verdaderas" unidades de reinserción social.

Según el asambleísta, los casos en el nuevo Código Niño, Niña y Adolescente se trabajaron exclusivamente en la perspectiva técnica con defensorías de la niñez y adolescencia, servicios departamentales de gestión social, organizaciones gubernamentales que trabajan con infractores menores. Fin

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