MEXICO, 18 ago (Xinhua) -- Un subteniente de infantería del Ejército mexicano cumplirá 31 años y tres meses de cárcel por el delito de desaparición forzada, informó hoy el Consejo Federal de la Judicatura (CFJ) de México.
El juez primero de Distrito en Materia Penal en el estado de Nuevo León (norte), Eustacio Esteban Salinas Wolberg, dictó la sentencia condenatoria al militar, explicó la CFJ en un comunicado.
El juez consideró que quedó plenamente acreditado por la autoridad ministerial que la víctima, quien continúa desaparecida, fue privada ilegalmente de su libertad por el sentenciado el 20 de mayo de 2012, en el municipio de Los Herreras, Nuevo León.
El ahora sentenciado, cuya identidad no se proporcionó, también fue destituido "de su cargo y se le inhabilitó para desempeñar otro puesto, comisión o empleo públicos por 15 años y tres meses, como lo establece el Código Penal Federal para el delito de desaparición forzada.
El juez basó su sentencia en la grave "afectación o peligro a los bienes jurídicos tutelados, a saber, la integridad física, la libertad personal y la vida de la víctima directa del delito; así como el ámbito de protección a los familiares, víctimas indirectas del mismo, por el sufrimiento que atraviesan en su afán de lograr información sobre el paradero del desaparecido, además de la violación al derecho a la verdad".
Además, ponderó el perjuicio causado al Ejército Mexicano que desempeña una importante labor de protección y salvaguarda de la seguridad nacional y de las personas, al colaborar con las instituciones civiles dentro del marco constitucional y legal para hacer frente a la delincuencia organizada.
La resolución señala que "conductas aisladas y lamentables como lo es este caso, son contrarias al espíritu de la delicada tarea de protección y salvaguarda del Estado y de sus habitantes, por parte del Ejército Mexicano".
La CFJ aclaró que dicha resolución se sustenta en la obligación constitucional del juez federal "de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, en el ámbito de su competencia", así como las relativas a la prevención, sanción y reparación de las violaciones a éstos.
Este es uno de los primeros casos en los que un juez civil sentencia a un militar por este delito, luego de que en 2012 la Suprema Corte de México determinó que los miembros de las Fuerzas Armadas que cometen crímenes contra civiles no deben ser procesados en el fuero castrense.